POLÍTICA INTEGRAL DE TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES

HOSPCOM EQUIPOS HOSPITALARIOS S.A.S.

I. PREÁMBULO E IDENTIFICACIÓN DEL RESPONSABLE

La sociedad HOSPCOM EQUIPOS HOSPITALARIOS S.A.S., sociedad comercial legalmente constituida conforme a las leyes de la República de Colombia, dedicada primordialmente al comercio al por mayor de maquinaria hospitalaria, productos farmacéuticos, medicinales y cosméticos, así como al mantenimiento especializado de equipos biomédicos, asume con el más alto rigor legal la protección de la información. La presente política se erige como el marco normativo interno destinado a garantizar el derecho constitucional de Habeas Data de todos los titulares que interactúan con la organización, asegurando que el tratamiento de sus datos personales se realice bajo los principios de legalidad, transparencia y seguridad jurídica, mitigando riesgos de responsabilidad civil o administrativa derivados de un indebido manejo de la información.

II. CUERPO NORMATIVO Y CLÁUSULAS DETALLADAS

CLÁUSULA 1. IDENTIFICACIÓN E INFORMACIÓN DE CONTACTO DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: La persona jurídica responsable del tratamiento de los datos personales objeto de esta política es la sociedad HOSPCOM EQUIPOS HOSPITALARIOS S.A.S., identificada con el NIT901.919.781-8 respectivo, con domicilio principal en la ciudad de Bogotá, República de Colombia. Para efectos de garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los titulares, la Compañía dispone de los siguientes canales oficiales de comunicación: dirección física en Bogotá a la Cra 13 #83-19, correo electrónico institucional exclusivamente dedicado a la protección de datos administracioncolombia@hospcom.net, y línea de atención telefónica 3105783257. A través de estos medios, el Oficial de Privacidad o quien haga sus veces, gestionará de manera técnica y oportuna las peticiones, consultas y reclamos interpuestos por los titulares de la información.

CLÁUSULA 2. OBJETO Y ALCANCE JURÍDICO DE LA POLÍTICA: El presente instrumento tiene por objeto definir las directrices corporativas, los procedimientos administrativos y las medidas de seguridad técnicas aplicables a la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión y cualquier otra operación de tratamiento de datos personales realizada por la organización. El alcance de esta política es integral y vinculante, extendiéndose a todas las bases de datos que se encuentren bajo la custodia o control de la empresa, ya sea en formato físico o digital, y busca armonizar las operaciones mercantiles de la sociedad con los mandatos de la Ley Estatutaria 1581 de 2012 y el Decreto 1377 de 2013, garantizando la protección de los derechos fundamentales de los titulares involucrados en la cadena de valor.

CLÁUSULA 3. MARCO LEGAL Y NORMATIVIDAD APLICABLE: La presente política se fundamenta estrictamente en el ordenamiento jurídico colombiano vigente, en particular en el Artículo 15 de la Constitución Política de Colombia, que consagra el derecho a la intimidad y al buen nombre. Así mismo, se rige por la Ley 1266 de 2008 en lo referente a datos financieros y crediticios, la Ley 1581 de 2012 para la protección de datos generales, el Decreto 1074 de 2015 (Capítulo 25) y las circulares externas expedidas por la Superintendencia de Industria y Comercio. En caso de discrepancia entre lo aquí dispuesto y la ley, prevalecerán siempre las normas de carácter imperativo y de orden público que regulen la materia en el territorio nacional.

CLÁUSULA 4. DEFINICIÓN TÉCNICA DE LOS TÉRMINOS UTILIZADOS: Para la correcta exégesis de este documento, se adoptan las definiciones legales contenidas en el régimen general de protección de datos. Se entiende por "Autorización" el consentimiento previo, expreso e informado del titular; por "Base de Datos" el conjunto organizado de datos personales que sea objeto de tratamiento; por "Dato Personal" cualquier información vinculada o que pueda asociarse a una o varias personas naturales determinadas o determinables; por "Encargado" la persona que por sí misma o en asocio con otros realice el tratamiento por cuenta del responsable; y por "Titular" la persona natural cuyos datos personales sean objeto de tratamiento. La interpretación de estos términos se hará conforme a la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la doctrina de la autoridad de control.

CLÁUSULA 5. PRINCIPIO DE LEGALIDAD EN EL TRATAMIENTO DE DATOS: La empresa garantiza que el tratamiento de datos personales es una actividad reglada que debe sujetarse a lo establecido en la ley y en las demás disposiciones que la desarrollen. En ninguna circunstancia se permitirá la recolección de información por medios fraudulentos, desleales o ilícitos que vulneren la buena fe comercial. La organización se compromete a realizar un control de legalidad periódico sobre sus procesos de captura de datos, asegurando que cada registro cuente con el sustento jurídico necesario para su permanencia en los sistemas de información corporativos, evitando así cualquier reproche por parte de las autoridades administrativas o judiciales.

CLÁUSULA 6. PRINCIPIO DE FINALIDAD Y LIMITACIÓN DEL TRATAMIENTO: Todo dato personal recolectado por la sociedad deberá obedecer a una finalidad legítima de acuerdo con la Constitución y la Ley, la cual debe ser informada al titular de manera clara y precisa al momento de solicitar su consentimiento. Los datos captados no podrán ser utilizados para propósitos distintos a los autorizados, salvo que medie una nueva autorización o un mandato legal que así lo exija. La empresa se obliga a implementar filtros de pertinencia, de modo que solo se recolecten los datos estrictamente necesarios para el cumplimiento de las finalidades informadas, evitando el acopio excesivo o injustificado de información personal de sus grupos de interés.

CLÁUSULA 7. PRINCIPIO DE LIBERTAD Y CONSENTIMIENTO INFORMADO: El tratamiento de datos personales solo puede ejercerse con el consentimiento previo, expreso e informado del titular. La empresa prohíbe el uso de silencios positivos o casillas pre-marcadas que induzcan al error sobre la voluntad del ciudadano. La autorización debe obtenerse a través de cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior y debe contener, como mínimo, la descripción del tratamiento, las finalidades específicas, los derechos del titular y la identificación del responsable. El titular podrá revocar su consentimiento en cualquier momento, siempre que no exista una obligación legal o contractual que imponga el deber de permanecer en la base de datos de la organización.

CLÁUSULA 8. PRINCIPIO DE VERACIDAD O CALIDAD DE LA INFORMACIÓN: La información sujeta a tratamiento debe ser veraz, completa, exacta, actualizada, comprobable y comprensible. La organización prohíbe expresamente el tratamiento de datos parciales, fraccionados o que induzcan a error sobre la situación real del titular. Se establecen protocolos internos para que, ante la detección de inconsistencias o ante la solicitud del interesado, los datos sean rectificados o actualizados en un término perentorio. La exactitud de la información es un pilar fundamental, especialmente en la comercialización de productos farmacéuticos y el mantenimiento de equipos hospitalarios, donde un dato erróneo podría tener implicaciones técnicas de alta complejidad.

CLÁUSULA 9. PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN: En el tratamiento de datos debe garantizarse el derecho del titular a obtener de la sociedad, en cualquier momento y sin restricciones, información acerca de la existencia de datos que le conciernan. La empresa mantendrá canales de comunicación transparentes y de fácil acceso, eliminando barreras burocráticas que impidan al ciudadano conocer el estado de su información personal. Este principio obliga a la organización a suministrar respuestas claras y detalladas sobre el uso que se le está dando a la información, quiénes son los destinatarios de la misma y bajo qué medidas de protección se encuentran custodiados los registros.

CLÁUSULA 10. PRINCIPIO DE ACCESO Y CIRCULACIÓN RESTRINGIDA: El tratamiento se sujeta a los límites que se derivan de la naturaleza de los datos personales y de las disposiciones constitucionales. Solo personas autorizadas por la dirección de la empresa o por la ley podrán acceder a la información almacenada. Los datos personales, salvo la información pública, no podrán estar disponibles en internet u otros medios de divulgación masiva, a menos que el acceso sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento limitado solo a los titulares o terceros autorizados. Se implementarán perfiles de usuario y niveles de acceso restringido en todos los sistemas de información de la compañía para asegurar este cumplimiento.

CLÁUSULA 11. PRINCIPIO DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN DE ACTIVOS DE INFORMACIÓN: La información sujeta a tratamiento por parte de la empresa se manejará con las medidas técnicas, humanas y administrativas necesarias para otorgar seguridad a los registros, evitando su adulteración, pérdida, consulta, uso o acceso no autorizado o fraudulento. La organización adoptará estándares de seguridad de la información proporcionales al riesgo detectado, incluyendo el uso de cortafuegos, cifrado de datos sensibles, copias de seguridad periódicas y auditorías de acceso. Cada empleado con acceso a datos personales es responsable de custodiar sus credenciales y de reportar de inmediato cualquier brecha de seguridad que pueda comprometer la integridad de la información corporativa.

CLÁUSULA 12. PRINCIPIO DE CONFIDENCIALIDAD Y RESERVA PROFESIONAL: Todas las personas que intervengan en el tratamiento de datos personales que no tengan la naturaleza de públicos están obligadas a garantizar la reserva de la información, inclusive después de finalizada su relación con alguna de las labores que comprende el tratamiento. Este deber de confidencialidad es una obligación de resultado que se incorpora en los contratos de trabajo, contratos de prestación de servicios y acuerdos con proveedores. La revelación no autorizada de información confidencial será sancionada conforme a la ley laboral y civil colombiana, sin perjuicio de las denuncias penales por violación de datos personales a que haya lugar según el Código Penal.

CLÁUSULA 13. TRATAMIENTO DE DATOS SENSIBLES Y GARANTÍAS REFORZADAS: Se entiende por datos sensibles aquellos que afectan la intimidad del titular o cuyo uso indebido puede generar discriminación. La empresa solo tratará datos sensibles (como datos biométricos para control de acceso o datos de salud de trabajadores) cuando sea estrictamente necesario y se cuente con la autorización explícita del titular, informándole que no está obligado a suministrarlos. En estos casos, se aplicarán protocolos de seguridad reforzados y el acceso a dicha información será limitado exclusivamente al personal que, por sus funciones específicas, requiera conocerlos para cumplir obligaciones legales, especialmente en el marco de la salud ocupacional y el suministro de medicamentos.

CLÁUSULA 14. TRATAMIENTO DE DATOS DE MENORES DE EDAD: La empresa reconoce que los datos de niños, niñas y adolescentes gozan de una protección especial. Como regla general, se prohíbe el tratamiento de datos de menores de edad, salvo aquellos que sean de naturaleza pública. En casos excepcionales, cuando el tratamiento sea necesario para el ejercicio de derechos (como beneficios de seguridad social para hijos de trabajadores), se asegurará el respeto del interés superior del menor y se contará con la autorización de los representantes legales, garantizando siempre el derecho del menor a ser escuchado y a que se respete su integridad y privacidad.

CLÁUSULA 15. DERECHOS FUNDAMENTALES DE LOS TITULARES DE LA INFORMACIÓN: En virtud de la normativa vigente, los titulares de los datos tienen los siguientes derechos: a) Conocer, actualizar y rectificar sus datos personales frente a la empresa; b) Solicitar prueba de la autorización otorgada, salvo las excepciones legales; c) Ser informados, previa solicitud, respecto del uso que se les ha dado a sus datos; d) Presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio por infracciones a la ley; e) Revocar la autorización y/o solicitar la supresión del dato cuando en el tratamiento no se respeten los principios, derechos y garantías constitucionales y legales; f) Acceder en forma gratuita a sus datos personales que hayan sido objeto de tratamiento.

CLÁUSULA 16. FINALIDADES DEL TRATAMIENTO PARA EL PERSONAL VINCULADO (TRABAJADORES): La información personal de los empleados de la organización será tratada con las siguientes finalidades: gestión del proceso de selección y contratación; cumplimiento de obligaciones legales en materia de seguridad social, parafiscales y pensiones; pago de nómina y prestaciones sociales; gestión de programas de capacitación, bienestar y salud en el trabajo; control de acceso y seguridad física en las instalaciones; evaluación del desempeño laboral; cumplimiento de requerimientos judiciales o administrativos; y conservación de la memoria histórica de la relación laboral conforme a la ley. Estos datos se conservarán durante el término de la relación contractual y el tiempo adicional exigido por las normas laborales y tributarias.

CLÁUSULA 17. FINALIDADES DEL TRATAMIENTO PARA PROVEEDORES Y CONTRATISTAS: Los datos recolectados de proveedores y contratistas naturales o jurídicos tendrán como fin: la evaluación y selección de contratistas; la verificación de antecedentes comerciales, judiciales y financieros; la gestión de órdenes de compra y servicios; el pago de facturas y cumplimiento de obligaciones tributarias; la comunicación de necesidades técnicas para el mantenimiento de equipos hospitalarios; el control de calidad de los insumos suministrados; y la gestión de garantías de productos. La empresa podrá compartir esta información con entidades bancarias o asesores externos para la correcta ejecución del objeto contractual, siempre bajo acuerdos de confidencialidad estrictos.

CLÁUSULA 18. FINALIDADES DEL TRATAMIENTO PARA CLIENTES Y USUARIOS: En el marco del comercio de maquinaria y productos farmacéuticos, los datos de los clientes serán tratados para: la gestión de la relación comercial y contractual; el procesamiento de pedidos, facturación y recaudo; la prestación de servicios de soporte técnico y mantenimiento preventivo o correctivo de equipos; el envío de información sobre nuevos productos, actualizaciones técnicas o alertas sanitarias relacionadas con los dispositivos biomédicos; la gestión de peticiones, quejas y reclamos (PQR); el cumplimiento de normas de vigilancia post-mercado exigidas por el INVIMA u otras autoridades de salud; y la realización de encuestas para medir la satisfacción y mejora continua del servicio.

Así mismo, previa autorización expresa e informada del titular, la compañía podrá realizar el tratamiento de su imagen y/o voz con fines publicitarios, comerciales, promocionales e institucionales, en los términos establecidos en la presente política.

CLÁUSULA 19. FINALIDADES DE SEGURIDAD Y VIDEOVIGILANCIA EN INSTALACIONES: La organización utiliza sistemas de videovigilancia con el fin exclusivo de garantizar la seguridad de las personas, los activos y las instalaciones físicas de la compañía. Los titulares que ingresen a las áreas monitoreadas serán advertidos mediante avisos de privacidad visibles. Las imágenes y sonidos captados serán utilizados en procesos de investigación internos por incidentes de seguridad o entregados a las autoridades judiciales que lo requieran mediante orden legal. Estos registros serán almacenados por un tiempo limitado según la capacidad de los dispositivos de grabación, procediendo a su borrado automático una vez cumplida la finalidad de prevención y vigilancia.

CLÁUSULA 20. USO Y DIFUSIÓN DE IMAGEN Y VOZ CON FINES PUBLICITARIOS: La empresa podrá recolectar, almacenar, capturar, reproducir y utilizar la imagen (fotografía o video) y/o la voz de clientes, usuarios y asistentes a eventos, previa autorización expresa e informada del titular, con fines publicitarios, comerciales, promocionales y de mercadeo. El material podrá ser difundido, publicado y compartido, total o parcialmente, a través de las redes sociales oficiales de la compañía, plataformas digitales, sitios web corporativos y materiales impresos o audiovisuales, sin que ello genere derecho a compensación económica alguna, salvo acuerdo en contrario. La organización garantizará el respeto a la dignidad, intimidad, honra y buen nombre de los titulares, así como el ejercicio de sus derechos de revocatoria y supresión conforme a la legislación vigente.

CLÁUSULA 21. DEBERES DE LA EMPRESA COMO RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO: La sociedad se obliga a: a) Garantizar al titular, en todo tiempo, el pleno y efectivo ejercicio del derecho de hábeas data; b) Solicitar y conservar copia de la autorización otorgada por el titular; c) Informar debidamente al titular sobre la finalidad de la recolección y los derechos que le asisten; d) Conservar la información bajo las condiciones de seguridad necesarias; e) Garantizar que la información que se suministre al encargado sea veraz, completa y exacta; f) Rectificar la información cuando sea incorrecta y comunicar lo pertinente; g) Tramitar las consultas y reclamos formulados por los titulares; h) Informar a la autoridad de protección de datos cuando se presenten violaciones a los códigos de seguridad.

CLÁUSULA 22. PROCEDIMIENTO TÉCNICO PARA LA OBTENCIÓN DE LA AUTORIZACIÓN: La autorización se obtendrá a través de formularios físicos, medios electrónicos en la página web, o mediante cualquier otro canal que permita evidenciar el consentimiento del titular. Al momento de la captura del dato, se pondrá a disposición del titular el aviso de privacidad y se le indicará dónde puede consultar la política integral. En caso de recolección de datos sensibles, se hará énfasis en el carácter facultativo de la respuesta. La empresa mantendrá un registro histórico de las autorizaciones obtenidas, asegurando su trazabilidad para efectos de auditoría o requerimientos de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Cuando el tratamiento comprenda la utilización de imagen y/o voz con fines publicitarios o promocionales, la empresa solicitará una autorización específica, diferenciada de las demás finalidades del tratamiento, y conservará prueba de su otorgamiento

CLÁUSULA 23. AVISO DE PRIVACIDAD Y COMUNICACIÓN AL TITULAR: El Aviso de Privacidad es el documento físico, electrónico o en cualquier otro formato, que se pone a disposición del titular para informarle sobre la existencia de las políticas de tratamiento de información que le serán aplicables. Este aviso debe contener, como mínimo, la identidad y datos de contacto del responsable, el tratamiento al cual serán sometidos los datos y la finalidad del mismo, y los mecanismos dispuestos por el responsable para que el titular conozca la política de tratamiento. En las instalaciones de la empresa y en sus plataformas digitales, este aviso será de fácil visualización para garantizar el derecho a la información de manera previa al tratamiento.

CLÁUSULA 24. RÉGIMEN DE CONSULTAS Y DERECHO DE ACCESO: Los titulares de los datos o sus causahabientes podrán consultar la información personal del titular que repose en cualquier base de datos de la organización. La consulta será atendida en un término máximo de diez (10) días hábiles contados a partir de la fecha de recibo de la misma. Cuando no fuere posible atender la consulta dentro de dicho término, se informará al interesado, expresando los motivos de la demora y señalando la fecha en que se atenderá su consulta, la cual en ningún caso podrá superar los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento del primer término. El acceso a la propia información es gratuito, siempre que se realice con una periodicidad razonable.

CLÁUSULA 25. RÉGIMEN DE RECLAMOS (CORRECCIÓN, ACTUALIZACIÓN O SUPRESIÓN): El titular que considere que la información contenida en una base de datos debe ser objeto de corrección, actualización o supresión, o cuando adviertan el presunto incumplimiento de cualquiera de los deberes legales, podrán presentar un reclamo ante la empresa. El reclamo se formulará mediante solicitud dirigida al responsable con la identificación del titular, la descripción de los hechos que dan lugar al reclamo, la dirección y acompañando los documentos que se quiera hacer valer. Si el reclamo resulta incompleto, se requerirá al interesado dentro de los cinco (5) días siguientes a la recepción para que subsane las fallas. El término máximo para atender el reclamo será de quince (15) días hábiles, prorrogables por ocho (8) días más.

CLÁUSULA 26. LEYENDA "RECLAMO EN TRÁMITE" Y NOTIFICACIÓN A TERCEROS: Una vez recibido un reclamo completo, la organización incluirá en la base de datos respectiva una leyenda que diga "reclamo en trámite" y el motivo del mismo, en un término no mayor a dos (2) días hábiles. Dicha leyenda se mantendrá hasta que el reclamo sea decidido. En caso de que la empresa haya circulado previamente el dato a un tercero encargado, deberá notificar a este último sobre la existencia del reclamo para que se proceda de igual manera, garantizando que la información que se consulte mientras se resuelve la controversia esté debidamente marcada, protegiendo así la integridad de la información frente a terceros.

CLÁUSULA 27. REVOCATORIA DE LA AUTORIZACIÓN Y SUS LIMITACIONES: Los titulares de los datos personales pueden revocar el consentimiento al tratamiento de sus datos personales en cualquier momento, siempre y cuando no lo impida una disposición legal o contractual. Para ello, la empresa pondrá a disposición del titular mecanismos sencillos y gratuitos que permitan la revocatoria. Es importante precisar que existen dos modalidades de revocatoria: la total, que se refiere a la totalidad de las finalidades autorizadas, y la parcial, que puede recaer sobre finalidades específicas (por ejemplo, para fines de mercadeo). La revocatoria del consentimiento no tendrá efectos retroactivos sobre el tratamiento realizado con anterioridad a la misma.

CLÁUSULA 28. SOLICITUD DE SUPRESIÓN DE DATOS Y PROCEDENCIA: El derecho de supresión o "derecho al olvido" implica la eliminación total o parcial de la información personal de los registros de la empresa. No obstante, este derecho no es absoluto y la organización podrá negar la supresión cuando: a) El titular tenga un deber legal o contractual de permanecer en la base de datos; b) La eliminación de los datos obstaculice actuaciones judiciales o administrativas; c) Los datos sean necesarios para cumplir con una obligación legalmente contraída por el titular; d) Los datos sean necesarios para proteger los intereses jurídicamente tutelados del titular o para realizar una acción en función del interés público.

CLÁUSULA 29. TRANSFERENCIA INTERNACIONAL DE DATOS PERSONALES: Se prohíbe la transferencia de datos personales de cualquier tipo a países que no proporcionen niveles adecuados de protección de datos, conforme a los estándares que fije la Superintendencia de Industria y Comercio. Se exceptúan de esta prohibición las transferencias autorizadas expresamente por el titular, el intercambio de datos médicos cuando el tratamiento del titular así lo exija por razones de salud, y las transferencias bancarias o bursátiles. En caso de requerirse una transferencia a un país sin nivel de protección adecuado, la empresa suscribirá contratos que incorporen las cláusulas contractuales tipo aprobadas por la autoridad de control para garantizar la seguridad de la información fuera de las fronteras nacionales.

CLÁUSULA 30. TRANSMISIÓN DE DATOS A ENCARGADOS Y CONTRATOS DE TRATAMIENTO: Cuando la empresa requiera que un tercero (persona natural o jurídica) realice el tratamiento de datos por su cuenta (como proveedores de servicios de computación en la nube, empresas de mensajería o asesores contables), celebrará un contrato de transmisión de datos personales. En dicho contrato se estipulará que el encargado se obliga a: tratar los datos únicamente para las finalidades autorizadas por el responsable, implementar medidas de seguridad técnicas y administrativas, guardar confidencialidad absoluta sobre la información y suprimir los datos una vez finalizada la relación contractual, salvo obligación legal de conservación.

CLÁUSULA 31. MEDIDAS TÉCNICAS DE SEGURIDAD Y BORRADO SEGURO: La organización implementará herramientas tecnológicas de vanguardia para la protección de sus bases de datos. Esto incluye la instalación de firewalls de última generación, sistemas de detección de intrusos (IDS), antivirus corporativos y protocolos de autenticación de doble factor para accesos remotos. En el caso específico del mantenimiento de equipos hospitalarios que posean memoria interna con datos de pacientes, la empresa aplicará protocolos de borrado seguro o desmagnetización antes de retornar el equipo al cliente o disponer de él como residuo técnico, asegurando que ninguna información personal sea recuperable por terceros no autorizados.

CLÁUSULA 32. OFICIAL DE PROTECCIÓN DE DATOS Y CUMPLIMIENTO: La sociedad podrá, de ser el caso. y siempre que la norma lo obligue, designar a la Dirección Administrativa y Jurídica como el área responsable de la protección de datos personales dentro de la organización. Esta dependencia tendrá la función de Oficial de Privacidad y se encargará de: coordinar la implementación de esta política, capacitar al personal en materia de Habeas Data, supervisar el cumplimiento de las medidas de seguridad, actuar como enlace ante la Superintendencia de Industria y Comercio y tramitar en segunda instancia las reclamaciones que no hayan sido resueltas satisfactoriamente por los canales de atención al cliente. El Oficial de Privacidad rendirá informes periódicos a la Gerencia General sobre el estado del programa de cumplimiento.

CLÁUSULA 33. VIGENCIA Y PERIODO DE CONSERVACIÓN DE LA INFORMACIÓN: Los datos personales sujetos a tratamiento por la empresa permanecerán en las bases de datos durante el tiempo que sea necesario para cumplir con las finalidades informadas al titular. En el caso de trabajadores, se conservarán conforme a los términos de prescripción de las acciones laborales (3 años) y los términos de conservación de historia laboral (de por vida para fines pensionales). Para proveedores y clientes, la información se mantendrá por un periodo de diez (10) años contados a partir de la finalización del vínculo comercial, conforme a la obligación de conservación de libros y papeles de comercio establecida en el Artículo 60 del Código de Comercio y normas tributarias.

CLÁUSULA 34. MODIFICACIONES A LA POLÍTICA DE PRIVACIDAD: La organización se reserva el derecho de efectuar, en cualquier momento, modificaciones o actualizaciones a la presente política, con el fin de adaptarla a novedades legislativas, jurisprudenciales o políticas internas de la sociedad. Cualquier cambio sustancial en las finalidades del tratamiento o en la identificación del responsable será comunicado a los titulares a través del sitio web corporativo o mediante correo electrónico masivo con una antelación de por lo menos cinco (5) días hábiles a su entrada en vigencia. El uso continuado de los servicios de la empresa tras la notificación de los cambios se entenderá como aceptación de las nuevas condiciones, sin perjuicio del derecho de revocatoria que le asiste al titular.

CLÁUSULA 35. RÉGIMEN SANCIONATORIO INTERNO Y RESPONSABILIDAD: El incumplimiento de las disposiciones contenidas en esta política por parte de los empleados de la sociedad será considerado una falta grave al contrato de trabajo, dando lugar a la aplicación del régimen disciplinario interno que puede incluir la terminación del contrato con justa causa. En el caso de contratistas y proveedores, el incumplimiento de las obligaciones de protección de datos personales facultará a la empresa para terminar de manera unilateral el vínculo contractual y exigir el pago de las cláusulas penales por incumplimiento, además de las indemnizaciones por daños y perjuicios a que haya lugar ante eventuales multas impuestas por la SIC.

CLÁUSULA 36. INTEGRACIÓN CONTRACTUAL Y VIGENCIA: La presente Política de Tratamiento de Datos Personales se entiende incorporada en todos los contratos laborales, civiles y comerciales suscritos por HOSPCOM EQUIPOS HOSPITALARIOS S.A.S. con sus distintos grupos de interés. Este documento rige a partir de la fecha de su publicación oficial y deroga cualquier disposición interna, manual o directriz que le sea contraria. Su texto integral estará a disposición del público en las oficinas de la administración y en el portal web institucional, garantizando su publicidad y oponibilidad frente a terceros.

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